Desde el 14 de abril de 2010 y con vigencia indefinida, será aplicable el tipo reducido de I.V.A., del 10 por ciento desde el 1 de septiembre de 2012 (7 por ciento hasta 1 de julio de 2010 y 8 por ciento hasta el 31 de agosto de 2012), a las obras de rehabilitación de edificaciones destinadas principalmente a viviendas, incluidos los locales, anejos, garajes, instalaciones y servicios complementarios, siempre que se cumplan los siguientes lÃmites:
Primero: más del 50 por ciento de la edificación debe estar destinada a viviendas.
Segundo: el coste de las obras debe exceder del 25 por ciento del precio de adquisición de la edificación (si se efectuó en los dos años anteriores al inicio de las obras de rehabilitación) o del valor del mercado, descontando en ambos casos el valor del suelo.
Tercero: obras cuyo objeto es la reconstrucción, es decir, más del 50 por ciento de las ejecuciones de obra comprendidas en el proyecto deben consistir en la consolidación o tratamiento de elementos estructurales, la fachada o la cubierta, o en obras análogas o conexas a aquéllas.
Se definen como obras análogas a las de rehabilitación (reconstrucción):
- Las de adecuación estructural que proporcionen a la edificación condiciones de seguridad constructiva, garantizando su estabilidad y resistencia mecánica.
- Las de refuerzo o adecuación de la cimentación asà como las que afecten o consistan en el tratamiento de pilares o forjados.
- Las de ampliación de la superficie construida, sobre y bajo rasante.
- Las de reconstrucción de fachadas y patios interiores.
- Las de instalación de elementos elevadores, incluidos los destinados a salvar barreras arquitectónicas para su uso por discapacitados.
Cuarto: y son consideradas obras conexas, siempre que su coste sea inferior a la suma de las de reconstrucción más las análogas, y estén vinculadas y no consistan en el mero acabado u ornato de la edificación ni en el simple mantenimiento o pintura de la fachada :
- Las obras de albañilerÃa, fontanerÃa, y carpinterÃa.
Las destinadas a la mejora y adecuación de cerramientos, instalaciones eléctricas, agua y climatización y protección contra incendios. - Las obras de rehabilitación energética.
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